En esta primera entrega, Jorge Lazarte afirma que una Cumbre de Justicia no es el mejor camino para enfrentar un problema tan complejo, y puede ser más bien un escenario que incite a repetir las letanías de siempre y que se preste a todas la demagogias.
Lo que puede llamarse el problema de la justicia en Bolivia es más grave aún y de mayor profundidad de lo que se acostumbra a pensar. Si hay algún consenso realmente nacional y negativo sobre un tema de la agenda del país, es sobre la justicia, criticada no sólo porque no funciona, sino que estaría peor que antes, como fue admitido por el Gobierno, que la calificó de "podrida”, después de haber anunciado entusiastamente a principios de 2012 el nacimiento de una "nueva” justicia "plural” con la elección por voto universal de los magistrados del "órgano” judicial. El sentimiento de la opinión publica no es distinto. De acuerdo con una encuesta del pasado año, un 56% cree que la justicia está "peor” que antes.
Lo grave no es la misma enfermedad. Es no saber qué hacer y cómo remediarla. El hueco se pretende cubrir con la "Cumbre de la Justicia” anunciada por el Presidente para el 16 y 17 de abril próximo. No es el mejor camino para enfrentar un problema que es de suyo complejo, y puede ser más bien un escenario que incite a repetir las letanías de siempre y que se presta a todas la demagogias.
El problema histórico de la justicia y el derecho en Bolivia.
Ciertamente que no es ninguna novedad la "crisis” de la justicia. Es tan vieja como la historia del país, a pesar de los esfuerzos clarividentes de los fundadores de la República, cuya preocupación primaria fue erigir instituciones regidas por "leyes que se cumplan religiosamente y se tengan por inexorables como el Destino”, como decía Bolívar, y que la "salvaguardia” de los "derechos individuales” dependía de un poder judicial que gozara de "absoluta independencia”; a su vez Sucre ejemplificaba un modelo de gobernante que prefiere "el imperio de las leyes” a ser "tirano o verdugo”. Muy pronto se revelaron las fallas de la justicia y empezó la danza de las reformas, unas puntuales, y otras de cierto calado. En los años treinta del siglo XIX la primera de consideración cristalizó en los avanzados "Códigos Santa Cruz” cuyo fin fue reemplazar la legislación heredada aún vigente, contradictoria e inmanejable, e impedir que los "derechos” quedaran al "arbitrio de los jueces, de los abogados y de las circunstancias de la política”. En el siglo XX se pusieron en marcha otras reformas con los "Códigos Banzer”( 1972) que tuvieron el propósito de "renovar” el "ordenamiento jurídico” del país. El resultado de todos estos intentos de cambiar la justicia siempre fue el mismo: que "el poder judicial estuviera supeditado al Ejecutivo” (P. Dalence), y que los "cambios en la Corte Suprema siguieran a los cambios en el poder ejecutivo” (C.F. Trigo). En ambos casos se apuntaba al problema central de la justicia en Bolivia, que fue ignorado en su efectividad aunque no tanto en la retórica constitucional del pasado.
Diríamos que cuando el país inicia un nuevo ciclo político a partir de 1982, la justicia adolecía de las siguientes disfuncionalidades históricas, unas más graves que las otras.
a.- Un sistema legal, que en un caso no se cumplía ni desde arriba ni desde abajo; y en el otro, anticuado respecto a los avances en el derecho moderno, y por tanto, poco repetuoso de los derechos de las personas, y de los derechos procesales, y que además dejaba fuera de su jurisdicción territorios y población, que eran los límites reales de la "soberanía” y "estatalidad” de lo que difícilmente puede ser considerado Estado moderno.
b.- Una administración de justicia ineficiente e ineficaz, pesada y extremadamente leguleyesca, "formalista” suele decirse, que producía índices exageradamente elevados de retardación de justicia, que violaba derechos de las personas.
c. Operadores de justicia contaminados con prácticas venales y corruptas, en desmedro de los más débiles.
d.- Un sistema deficiente de formación profesional y con escaso sentido del derecho.
e.- Deficiente dotación de medios financieros y logísticos.
f.- Y un funcionamiento del poder marcadamente despótico, junta a una sociedad muy inclinada a la "desobediencia civil”. En suma, una cultura política del "des-acato”, como lo designamos hace años, y que impregna profundamente tanto la cultura jurídica del país, como la cultura jurídica "interna” de los operadores de justicia.
La reforma interrumpida de la década de los años 90. Para remediar este balance deficitario de la justicia y del derecho, en los años 90 del siglo pasado se implementaron reformas de alto calado, cuya importancia fue ignorada, tanto que su aprobación en el Congreso fue hecha sin que mediara "absolutamente” ningún debate, lo que devela la displicencia histórica por el valor de la Constitución en Bolivia.
El objetivo declarado de estas reformas fue la necesidad de "modernización del Estado”, que por un lado debía orientarse a garantizar el respeto de los derechos humanos y por el otro, generar "seguridad jurídica” , que consolide las reformas económicas de "primera generación” .
Lo más destacable fue la creación del Tribunal Constitucional como garante de los derechos fundamentales( que como se recordará fue más tarde desmantelado sistemáticamente); luego el Consejo de la Judicatura y el Defensor del Pueblo, juntamente con la aprobación de las leyes de aplicación para cada una de ellas. Las reformas en procedimiento penal fueron de gran significación, pues su modernización consistió en reemplazar el sistema procesal penal inquisitivo por el acusatorio, más sensible a los derechos humanos. Igualmente hubo reformas en la justicia civil; una nueva ley del Ministerio Público, y otra sobre la Organización del Poder Judicial, a la vez que normas para remediar las falencias administrativas y de gestión de las instituciones judiciales. Uno de los avances de mayor relieve fue haber incluido en el mismo paquete de reformas, el reconocimiento constitucional e histórico de la justicia indígena según sus usos y costumbres.
El flanco débil de estas reformas "ambiciosas” es que fueron concebidas para tiempos cortos respecto a lo que se necesitaba para atacar desde la raíz los problemas detectados; no produjeron los resultados que se esperaban ni se enfrentó decididamente , a pesar de su importancia capital, la "independencia judicial”; ni tampoco se interesó por la reforma de los sistemas de enseñanza, y menos aún por la promoción de una cultura jurídica compartida, solo posible en el largo plazo.
De cualquier manera fueron los tiempos de la política los factores decisivos para su interrupción. El país había entrado desde principios de los años 2000 en una profunda crisis histórica, que arrastró a las reformas en su vorágine, etiquetadas y desvalorizadas como "neoliberales”. En el marco de "refundación” del país, había también que "refundar” la justicia. Lo que llegó a ser esta "revolución” jurídica ya podía ser anticipada en lo que aconteció en la comisión respectiva de la Asamblea Constituyente.
La "revolución” fallida de la justicia "plural”.
El nuevo "modelo” de justicia de la CPE fue diseñado en sus principios constitutivos en la "Comisión Judicial” de la Asamblea Constituyente, donde el debate fue casi inexistente y todo se decidió con el voto de la mayoría del MAS . Los dos ejes que dividieron a la Comisión fueron la elección por voto popular de los magistrados y el llamado "pluralismo jurídico”. En el primer caso, el argumento consistió en martillar que la justicia debía ser "despotitizada”; dejar de ser de los "empresarios” para ser del "pueblo”, verdadero "dueño” de la justicia, que si podía decidir sobre "todo” también debía decidir por "voto popular” la elección de los magistrados. Se dijo, que por este camino se impediría que los "partidos” se "cuoteen” los cargos.
El segundo tema de controversia fue sobre el carácter de la "justicia indígena”. La mayoría alegó que el "pluralismo jurídico” quería decir "reconocer” que en el país existían en realidad "dos derechos”, y que por tanto, deberían tener "igual jerarquía”. Así nació el nuevo sistema de justicia, que según el Plan Nacional de Desarrollo (2007), debía basarse en el desarrollo de un "nuevo saber jurídico”.
Está claro que la fórmula del voto universal (confundiendo funciones "jurisdiccionales” con "representativas”) no sólo no podía cumplir su propósito declarado de "despolitizar” la justicia, sino que produciría efectos contrarios a la independencia e imparcialidad de la justicia, acentuando su dependencia respeto a poderes ajenos, hacia arriba, hacia abajo y hacia los lados. Ya en los hechos, y es útil recordarlo, los votos nulos y blancos fueron mayores que los votos válidos. Es decir, los actuales magistrados propiamente no fueron elegidos. Se ha reproducido la politización-partidización de la justicia a mayor escala, pero la idoneidad está peor. A ello pueden sumarse las singularidades de un proceso electoral, varios de cuyos recaudos legales violan principios y derechos de libertad .
En cuanto a la justicia indígena, el "pluralismo jurídico” ha dislocado el sistema nacional de justicia en dos justicias: la ordinaria y la indígena, ambas declaradas de "igual jerarquía”. El dualismo jurisdiccional rompe lo que se llama "ordenamiento jurídico” y la unidad jurisdiccional del Estado. El otro de los problemas de esta justicia es su carácter oral y, por tanto, puede ser y es fuente de incertidumbre, dado que depende de una memoria colectiva y también individual siempre frágiles y hasta contradictorias, como lo fue el "caos” jurídico de la Edad Media, que sólo pudo vencerse pasando de la "lex no scripta” a la "lex scripta”. ¿Es un azar que desde 2010 hubiera crecido la "justicia por mano propia”?.
En suma, no se cambió lo que debía cambiarse , que es el control político; y se cambió lo que no debía cambiarse, que es la idoneidad imprescindible en la administración de justicia, que ya era deficitaria. El objetivo general de "descolonizar el derecho y nacionalizar la justicia” (2007) ha fracasado. Lo que sí es exitoso es la estrategia gubernamental de controlar la "totalidad” del poder (2006). La aspiración nacional de tener una justicia creíble y confiable está más lejos que nunca. El problema ahora, a diferencia del pasado, no es sólo de "sistema” sino de "actores” , que lo hace más complejo. Esto es, no es sólo cuestión del "órgano judicial”, sino del Ministerio Público, del sistema de enseñanza del "derecho”, de la discrecionalidad de las élites, y de las pautas grupales de justicia "expeditiva”. Globamente comparten un desprecio histórico por la legalidad. Bolivia es el país donde menos se apoya al Estado de derecho (Barómetro, 2012).
FUENTE: Página Siete
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